“Ante la propuesta de modificación de la Ordenanza reguladora del IBI que va a llevar el equipo de gobierno al pleno del mes de octubre 2019, desde Iniciativa Porteña queremos mostrar nuestro rechazo por diversos motivos”
“En primer lugar observamos que sigue sin tenerse en la ordenanza municipal, que ahora se modifica, que en El Puerto pagamos un 20% más de IBI por nuestras casas que en Sagunto. Una cuestión que sería fácil de solucionar a través de tipos de gravamen diferenciados para uno y otro núcleo”
“En segundo lugar la propuesta del equipo de gobierno parte de un supuesto que no sabemos si finalmente se producirá. Y se trata de una reducción del 3% en el valor catastral, que debe materializarse ni más ni menos que a través de un Real Decreto. Y lo máximo que nos dicen es que les han asegurado (“de palabra”) desde la oficina del Catastro, que no tiene competencia sobre ese Real Decreto, que se va a producir esa rebaja (sic). Es decir nos piden un “acto de fe”.
“A este respecto queremos recordar que estamos con un gobierno en funciones y tras las elecciones del 10 de Noviembre, aún continuaremos muchos meses con el gobierno actual en funciones hasta que no se conforme el nuevo gobierno. Y en esta tesitura nada es seguro, y menos las promesas (ojo, antes de elecciones) de funcionarios de segundo nivel sobre lo que se va a o no a nivel económico, existiendo además “toques de atención” desde Bruselas de que debemos ajustarnos el cinturón”
“Ante la afirmación del equipo de gobierno de que el IBI se va a rebajar el próximo año, preferimos ser prudentes y no contar con esa rebaja del 3% que no sabemos si finalmente se producirá. Hay que considerar que si esa rebaja, que depende de un Real Decreto no se produjera, el IBI a pagar el año que viene sería mayor que el de este año”
“También queremos recordar que la mayor parte de la recaudación del IBI, recae sobre un bien de primera necesidad como es la vivienda habitual, un año sí y otro también. Y se da la circunstancia de que ese bien está supergravado en el régimen tributario español, ya que además del IBI, también tributamos por ese concepto en el IRPF de cada año en el capítulo de rendimientos de capital inmobiliario. Y además si obtuviéramos un beneficio por nuestra vivienda, bien porque la vendamos obteniendo un beneficio, o bien la obtuviéramos a título gratuíto por donación o sucesión, también se vería gravada por sendos impuestos, el de Transmisiones patrimoniales y el de Donaciones y Sucesiones”
“Entendemos que debemos hacer un esfuerzo de contención sobre el IBI que recae sobre nuestras viviendas, y ser prudentes a la hora de establecer modificaciones que puedan significar un aumento en la presión sobre los vecinos de nuestra ciudad.
“Por los anteriores motivos preferimos apoyar la primera propuesta sobre la modificación del IBI, por cierto del mismo equipo de gobierno, que suponía no aumentar la presión impositiva, en este caso del IBI, incluso si finalmente no se produjera esa hipotética rebaja del 3% del valor catastral.